Documento que expide el registro de la propiedad para acreditar titularidad, superficie, cargas y lindes y aunque no es obligatorio es conveniente pedirla cara al posible comprador para su tranquilidad. En el contrato de arras se presenta para confirmar titularidad y cargas.
El CE es un documento que detalla cuánta energía consume tu casa en condiciones normales. La calificación energética va de la A a la G, y este último representa el consumo más alto. Es obligatorio presentarlo ante notario en la escritura pública de compraventa.
Los planos de la vivienda son importantes pero no obligatorios, nos ayudan en la visibilidad y posicionamiento en las webs para captar la atención de más compradores potenciales. Les permite ver la distribución del inmueble y la posibilidad de hacer reformas.
La copia de la escritura es necesario para la venta, y se aportará a notaria para la firma de la nueva escritura de compraventa. Puede ser título de compraventa, herencia o judicial.
Este certificado emitido por el administrador acredita que estás al corriente de pago o con deuda con la comunidad de propietarios, de no estar al corriente se descontará del precio. Este certificado es obligatorio presentarlo para la compraventa en la notaria.
Se aportará el último recibo del IBI (impuesto de bienes inmuebles) en notaria. El IBI es un impuesto del ayuntamiento de pago anual. Se hará la consulta que no haya recibos anteriores pendientes con el ayuntamiento.
Si en en momento de vender los suministros están dados de alta el vendedor facilitará al comprador los últimos recibos. Estos recibos los necesitará el comprador para hacer los cambios de titularidad y domiciliación bancaria y hacerse cargo del pago a partir de la firma de compraventa.
Se solicita certificado de saldo a la entidad que acredita que tu hipoteca está completamente pagada. Solo es obligatorio si no has levantado la carga y aparece dicha carga en el Registro de la Propiedad. Si hubiera deuda se descontaría del precio final de la venta para su posterior cancelación.
– DNI o NIE de los titulares.
– Título de la propiedad.
– Último recibo del IBI.
– Certificado energético.
– Certificado de la comunidad.
– Si hubiera hipoteca, certificado de deuda de la entidad correspondiente.
– Aportación del justificante del dinero aportado como señal o arras para reflejarlo en la escritura.
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